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¿Qué es y como se tramita?
El término desahucio hace referencia al desalojo de los ocupantes de un inmueble por orden judicial.
El desahucio es la vía para recuperar la vivienda cuando el inquilino deja de pagar rentas o suministros o cuando existe otra causa legal de desahucio y se pretende el desalojo efectivo del inquilino.
Actualmente, el desahucio se tramita mediante un procedimiento verbal, más corto, más rápido, y más sencillo que dura entre 3 y 6 meses desde la interposición de la demanda hasta la recuperación del inmueble.
Pasos a seguir:
- Burofax: Reclamación extrajudicial
No es obligatorio, pero es recomendable para impedir a la parte arrendataria enervar la acción de desahucio
- Interposición de la demanda de desahucio
- Admisión a trámite de la demanda y fijación fecha de juicio y del lanzamiento
- El arrendatario dispone de 10 días para:
- No hacer nada (frecuentemente)
- Enervar la acción de desahucio. Es un derecho del inquilino que puede ejercitar una sola vez y siempre que no se haya enviado reclamación extrajudicial por el propietario. Consiste en paralizar el procedimiento judicial abonando todo lo que se debe y debe ejercitarse dentro de los 10 días desde que se notifica la demanda.
- Entregar el inmueble y/o abonar la deuda
- Oponerse (motivos tasados)
- En caso de que se haya ofrecido condonación, aceptarla y entregar la vivienda.
- Vista (en caso de oposición) / Sentencia (y en su caso, lanzamiento)
Documentación:
Para iniciar un procedimiento de desahucio será necesaria la siguiente documentación (fotocopias):
- Contrato de arrendamiento de inmueble
- Escritura de propiedad del inmueble o nota simple del Registro de Propiedad
- Escritura de constitución de la mercantil si la propiedad es de una persona jurídica
- Recibos impagados de mensualidades de renta y, en su caso, de suministros
- Requerimientos de pago y/o Burofax si los hubiera.
Causas de desahucio:
- Desahucio por falta de pago de la renta o de cualquiera de las cantidades cuyo pago corresponda al arrendatario. Junto con la demanda de desahucio se puede reclamar las rentas y/o suministros impagados.
- Desahucio por subarriendo no consentido
- Desahucio por no destinar la vivienda al uso convenido
- Desahucio por realizar actividades molestas, peligrosas o ilícitas
- Desahucio por obras no permitidas
- Desahucio por precario
- Desahucio por necesidad del inmueble siempre que este previsto
- Desahucio por incumplimiento de otras obligaciones legales
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