Wizink condenada a devolver a una consumidora la totalidad de las cantidades abonadas en exceso por su tarjeta revolving

by | Oct 10, 2023 | Tarjetas Revolving

El Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Madrid ha declarado nulo un contrato de tarjeta revolving por usura, condenando a la Wizink Bank a devolver a la demandante la totalidad de las cantidades abonadas en exceso sobre el capital prestado, más los intereses legales.

La sentencia, dictada el pasado 25 de septiembre, estima la demanda interpuesta por una consumidora que contrató una tarjeta revolving con una TAE del 26,82%.

El juzgado considera que el interés aplicado por la entidad financiera es «notable y desproporcionadamente superior al normal del dinero» y que, por lo tanto, el contrato debe ser declarado nulo.

En este caso, la entidad financiera alegaba que la acción había prescrito a los cinco años, que es el plazo general de prescripción para las acciones personales

Sin embargo, la sentencia también desestima la alegación de la entidad financiera de que la acción de restitución ha prescrito, al considerar que, no cabe aplicar dicho límite temporal, puesto que, los efectos de la declaración de nulidad por usura se aplican automáticamente por disposición legal, sin necesidad de ejercitar acción alguna de reclamación de reintegro de cantidades.

Por lo tanto, el plazo para la prescripción solo podría computarse desde que se declara la nulidad, pues la acción de restitución requeriría en todo caso la previa declaración de nulidad del contrato.

La parte demandada también alegó que ya se allanó a la pretensión de nulidad con base en la Ley de Usura en sede de reclamación extrajudicial, pero para el juez, la documentación presentada muestra que no existió un allanamiento previo sino una propuesta de acuerdo transaccional que limitaba unilateralmente los efectos restitutorios a los últimos cinco años, en oposición a lo interesado por la actora y reiterado ahora en sede judicial.

En este sentido, la diferencia entre el allanamiento y la propuesta de acuerdo transaccional es que el allanamiento es un acto procesal por el que el demandado reconoce la pretensión del actor y se compromete a cumplirla. Por el contrario, la propuesta de acuerdo transaccional es una oferta de solución extrajudicial del conflicto, que puede ser aceptada o rechazada por el demandante.

En este caso, la parte demandada presentó una propuesta de acuerdo transaccional que limitaba unilateralmente los efectos restitutorios a los últimos cinco años. Esta propuesta no fue aceptada por la parte demandante, que optó por interponer un procedimiento judicial.

Por tanto, el juzgado también desestimó esta petición, por lo que, Wizink Bank ha sido condenada a devolver la cantidad que resulte de la diferencia entre el capital efectivamente prestado y/o dispuesto y la cantidad realmente abonada por el mismo que exceda de ese capital y que se le haya cobrado por intereses remuneratorios o por cualquier otro concepto (comisiones) desde la formalización del contrato, más los intereses legales desde la fecha en que se produzca la liquidación de la cantidad debida y hasta el pago.

¿ Te Ayudamos ?