El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado a favor de los consumidores, declarando que las hipotecas vinculadas al IRPH pueden ser abusivas.
- Aplicación de la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas, ya que tal clausula no refleja disposiciones legales o reglamentarias de carácter imperativo.
- Los tribunales españoles deberán comprobar que la cláusula del IRPH es «de carácter claro y comprensible» para el “consumidor medio” y supera el control de transparencia.
- El control de transparencia comprende:
- Comprobar si la cláusula es comprensible en el plano formal y gramatical (redacción)
- Comprobar si el Banco informó al consumidor de todos los elementos necesarios para comprender el método de cálculo del IRPH y cómo afectaba a su economía.
- La Sentencia no se opone a el juez español sustituya el IRPH por un índice legal aplicable a falta de índice sustitutivo legal en el contrato, siempre que el contrato no pueda subsistir y su anulación supusiera circunstancias especialmente perjudiciales para el consumidor.
Con este resultado favorable, si Usted tiene una hipoteca con IRPH es el momento para que reclame y recupere todo el dinero pagado en aplicación del mismo.
Seguoro que te interesa