Cómo puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad o Concurso de Acreedores Personal

by | Oct 13, 2022 | Blog

La deuda a veces puede surgir debido a inversiones inadecuadas, crisis económica u otros factores. En ese momento, cuando no haya salida a la situación, la ignorancia solo aumentará la deuda. Debemos buscar mecanismos para optar a la ley de Segunda oportunidad.

Desde julio de 2015, España ha introducido la Ley de Segundas Oportunidades, que permite liberar a autónomos y particulares de su excesivo endeudamiento, creando así un nuevo equilibrio entre acreedores y deudores. El equipo de abogados y expertos en segunda oportunidad de Juanola Abogados puede ayudar a estas personas a reestructurar sus deudas de manera rápida y eficiente.

 

¿Qué es la ley de segunda oportunidad, Concurso Personal o Concurso de acreedores personal?

La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo establecido por la normativa concursal el cual permite que las personas endeudadas que no pueden hacer frente a los pagos puedan reestructurar sus deudas, lo que les permite reiniciar y planificar su situación económica y reorganizar sus obligaciones de pago con terceros pactando quitas y aplazamientos de pagos.

 

¿Cuál es el objetivo de la la Ley de Segunda Oportunidad?

Hacer que un sujeto que no ha logrado alcanzar sus objetivos laborales, empresariales o personales, puedan “volver a empezar”, y no quedar a merced de sus deudas.

 

¿A quién va dirigida la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley está pensada para personas físicas. La equivalencia empresarial sería un concurso de acreedores.

 

¿Cuáles son los requisitos para poder acogerte a ella?

1- Que su deuda no sea superior a los 5 millones de Euros.

2- Acreditar que se ha actuado de buena fe por parte del deudor

3- Poder justificar un estado de insolvencia actual o inminente

4- Que no haya sido condenado en los últimos diez años por

  • contra el patrimonio y el orden socioeconómico,
  • falsedad documental,
  • delito contra la Hacienda Pública o la seguridad social,
  • un delito contra los derechos de los trabajadores.

5- Que en los últimos 5 años no haya alcanzado un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores o se haya declarado en concurso de acreedores.

 

¿Qué deudas pueden ser canceladas?

La Ley establece que pueden cancelarse todas las deudas ordinarias y subordinadas. En el caso de las hipotecas, podría cancelarse la masa deudora que reste después de la liquidación del patrimonio, en la que podrá incluirse bajo la modalidad de dación de pago.

Las deudas pendientes con la Seguridad Social y Hacienda quedan exceptuadas; sin embargo, algunos jueces sí han realizado quitas y extensión en el plazo de pago.

No se podrán cancelar deudas por alimentos.

 

¿Cuánto tiempo puede dilatarse el procedimiento?

El tiempo de duración de estos procesos es relativo y dependen de las deudas que pueda terner cada sujeto.

Sólo con presentar la solicitud, se paralizarán todas las ejecuciones y embargos, los intereses no continuarán devengándose y así el deudor podrá ganar tiempo y tranquilidad.

La primera fase puede demorarse entre dos y cuatro meses. Una vez concluida esta primera fase el procedimiento suele transcurrir de manera rápida en la mayoría de los casos.

 

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