Si eres un autónomo o tienes una pyme y firmaste un préstamo hipotecario con cláusula suelo, ya puedes recuperar todo el dinero pagado de más por la aplicación de esta cláusula.
La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Cáceres ha estimado íntegramente el recurso de apelación interpuesto por una sociedad agrícola extremeña que se subrogó en un préstamo hipotecario con cláusula suelo.
La compañía compró una finca rústica suscribiendo un contrato de compraventa con subrogación en el préstamo hipotecario concertado entre la sociedad vendedora y Liberbank.
En la escritura de compraventa y subrogación no aparecían las condiciones del préstamo, únicamente se hacía referencia a que la parte adquirente manifestaba conocer en su integridad la citada escritura de préstamo, pero no consta que efectivamente tuviera dicho conocimiento dado que la cláusula suelo no estaba incorporada a la escritura firmada por la actora.
La mercantil reclamó la abusividad de la cláusula amparándose en los arts. 7 y 8 de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación.
Pese a que en primera instancia el Juzgado de Primera Instancia nº5 de Plasencia desestimó la demanda negando la condición de consumidor de la actora, la Audiencia Provincial de Cáceres ha estimado íntegramente el recurso de apelación basándose en los siguientes argumentos:
- Se reconoce que el inmueble fue adquirido como una inversión empresarial y por lo tanto no es de aplicación el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
- En la contratación con condiciones general el control de transparencia y abusividad está reservado a los contratos entre empresarios y consumidores, mientras que en los contratos entre empresarios solo procede el control de incorporación.
- El control de incorporación no se supera cuando se considera probado que el adherente no ha podido conocer sobre la existencia de la cláusula suelo por alguno de estos motivos:
- No se incluyó la cláusula suelo en la escritura pública.
- No se entregó oferta vinculante.
- No se entregó ficha informativa personalizada de la hipoteca.
- No se advirtió específicamente por parte del notario la existencia de la cláusula suelo.
- No se leyó la escritura por parte del notario.
Con esta, cada vez son mas las sentencias que conceden la nulidad de la cláusula suelo a las empresas, lo que abre un camino para todos aquellos empresarios que sufren la abusividad de esta cláusula.
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